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Incumple alcalde de Totolac con Ley Federal del Trabajo al no remunerar a empleados

Elvira Rivas 2016-11-09 - 07:49:41

Ex trabajadores del ayuntamiento de San Juan Totolac no recibirán las prestaciones que establece el artículo 84

El presidente municipal de San Juan Totolac, Erasmo Atonal Ortiz, incumple con la Ley Federal del Trabajo al no remunerar a sus empleados como lo establece la norma. Por ello, los ex trabajadores del ayuntamiento aseguran que el alcalde no les quiere otorgar el aguinaldo, prestación a la que han sido acreedores desde que iniciaron sus actividades.

En ese sentido, la Ley Laboral de los Servidores Públicos del Estado de Tlaxcala y sus Municipios, establece en su artículo 34 que "ningún servidor público podrá ser cesado si no es por causa justificada, en tal virtud, el nombramiento de los trabajadores, sólo dejará de surtir efectos, y en consecuencia, terminará la relación laboral sin responsabilidad para los Titulares de los poderes públicos, municipios o ayuntamientos", y sin explicar las causas del despido o motivo por el cual dejan sus actividades.

Además, los titulares deberán respetar lo establecido por la Ley Federal del Trabajo, misma que, vela por las prestaciones a las que hayan sido acreedores los trabajadores por el tiempo en que prestaron su servicios.

Asimismo, como es establecido en el artículo 87: "los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste".

Sin embargo, lo ex trabajadores se han inconformado porque el alcalde sólo quiere otorgarles el pago de la última quincena de diciembre, pero no sus prestaciones como lo establece artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo: "el salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al empleado por su trabajo".    


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