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Emite CNDH recomendación a Moreno Valle por muerte de bebé, en hospital de Cuetzalan

Sergio Ramírez 2016-12-17 - 14:27:59

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle, por violaciones a los derechos a la protección de la salud de una mujer y a la vida de su recién nacido, en el Hospital General de Cuetzalan, de la Secretaría de Salud local, atribuibles a seis servidores públicos.

El organismo recomendó reparar el daño a la mujer y su esposo, que incluya compensación y rehabilitación; se otorgue a la víctima atención médica y psicológica de seguimiento, e iniciar una investigación contra quien conoció el caso y determino: “no ha lugar a iniciar formal procedimiento de determinación de responsabilidad en contra de personal médico adscrito al Hospital General”.

De igual forma, la comisión nacional pidió la colaboración del Gobierno de Puebla en el trámite de la queja que presentará ante la Secretaría de la Contraloría del Estado por estos hechos.

Asimismo se acompañe en el trámite de denuncia ante la Fiscalía General del Estado de Puebla, para que investigue el presente caso; se inscriba a la agraviada y a su esposo en el Registro Estatal de Víctimas, para que tengan acceso, en lo conducente, al Fondo de Ayuda, asistencia y reparación integral a víctimas de violaciones a derechos humanos.

La recomendación 54/2016 establece que el 19 de agosto de 2014, una mujer de 21 años de edad, con 38.5 semanas de embarazo, acudió a dicho nosocomio por presentar líquido vaginal y síntomas de trabajo de parto. Tras ser revisada en diversas ocasiones por personal médico, se le indicó que no presentaba suficiente dilatación y que podría regresar a su domicilio.

Al día siguiente, regresó al nosocomio donde dio a luz a su bebé, quien perdió la vida el día 21 de agosto, con diagnóstico de cardiopatía congénita cianógena y síndrome de aspiración de meconio (heces fecales) de 22 horas de evolución.

La CNDH constató que la mujer no tuvo atención médica adecuada y oportuna, al estar 19 horas en trabajo de parto sin ser ingresada al hospital para diagnóstico y vigilancia estrecha por tratarse de un embarazo de término, lo que derivó en la muerte de su recién nacido.

En suma, determinó el organismo, los servidores públicos encargados de la atención médica de la agraviada, incurrieron en actos violatorios de derechos humanos que incidieron en la afectación materno-fetal, al omitir realizar estudios para verificar la ruptura de membranas de la mujer y no efectuar un adecuado diagnóstico de su condición médica.

Lo anterior propició que antes de nacer el bebé presentara bradicardia, líquido meconial espeso, sufrimiento fetal y asfixia, señaló en su recomendación el organismo de los derechos humanos.

Al nacer, fue atendido por un médico residente, el cual no fue supervisado por un médico titular, con lo que se incumplió el apartado 10.3 de la Norma Oficial Mexicana NOM-090-SSA1-1994, para la organización y funcionamiento de residencias médicas.

Posteriormente, el bebé fue asistido por un médico titular y otro médico residente, quienes no realizaron estudios para determinar si padecía cardiomegalia (aumento anormal del corazón), le retiraron el tubo ventilador con que respiraba, y de nuevo lo intubaron al presentar un paro cardiaco que le provocó la muerte.

 


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