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Seis años de Ley de Voluntad Anticipada, en todo Hidalgo

Norma López 2017-01-23 - 08:15:37

Desde la autorización, en febrero de 2011, se han tenido seis casos de personas que se han acogido a dicha norma, señala el subcomisionado jurídico de la Secretaría de Salud, Alejandro Pacheco Gómez, quien explica que para ello han recurrido ante un notario, donde dejan por escrito su voluntad de no someterse a cuidados médicos que les alarguen la vida de una manera artificial.

Pocos son los países que han adoptado la eutanasia como una medida de voluntad de enfermos terminales, ya que tomar esta decisión tiene una serie de debates éticos, religiosos y jurídicos.

Durante la administración del exgobernador, Miguel Ángel Osorio Chong se presentó y aprobó en febrero de 2011 la Ley de Voluntad Anticipada y se tuvo una reforma en agosto de 2016.

Desde la autorización de esta, se han tenido seis casos de personas que se han acogido a dicha norma, señala el subcomisionado jurídico de la Secretaría de Salud, Alejandro Pacheco Gómez, quien explica que para ello han recurrido ante un notario, donde dejan por escrito su voluntad de no someterse a cuidados médicos que les alarguen la vida de una manera artificial.

El documento de voluntad anticipada señala el abogado, se suscribe ante notario público y el formato de voluntad anticipada ante la autoridad de Salud, con ello cualquier persona con capacidad de ejercicio y en pleno uso de sus facultades manifiesta su derecho para aceptar medidas terapéuticas, cuidados paliativos y rechazar tratamientos que la sitúen en una “obstinación terapéutica”.

Asimismo, dicha ley prohíbe la eutanasia, aunque sea por voluntad propia o a petición de familiares con la intención de evitar sufrimiento o dolor.

La ley como una opción

En Hidalgo, quienes trabajaron en dicha norma se encuentra el jurídico de la Comisión de Arbitraje Médico en la entidad, Alejandro Pacheco, quien destaca que tan solo en la última reforma se trabajó más de un año, debido a que anteriormente se determinaba que el paciente que tuviera una enfermedad terminal podía mediante un notario apegarse a dicha ley para evitar prolongar su dolencia a través del tratamiento.

Explica que antes no se tomaba en cuenta que una persona podría sufrir de improviso un accidente cerebrovascular, o bien, por muerte cerebral, por tanto se corrigió y ahora forma parte de la legislación.

La eutanasia en México, señala el especialista no se puede realizar, de hecho la Ley General de Salud la prohíbe en el artículo 166.

“El espíritu de la Ley de Voluntad Anticipada es quitarle la carga psicológica y emocional a los familiares de quien se encuentra en una condición crítica. Muchas veces, a estos pacientes se les mantiene con cuidados artificiales que les prolonga la vida y para el familiar constituye un shock tener que quitar el tratamiento médico”.

Por tanto, la norma tiene por objeto establecer y regular las normas, requisitos y formas de realización de la voluntad de cualquier persona con capacidad de ejercicio respecto a la negativa de someterse a tratamientos o procedimientos médicos que pretenden prolongar su vida.

Hay casos en que ni los avances de la ciencia médica, ni el cuidado intensivo de especialistas y familiares hacen posible la recuperación del paciente, esto lleva a que en muchos casos el dolor de las familias las haga buscar tratamientos ineficaces.

Lo que pretende la ley

Se busca que ni los familiares ni el paciente se sometan a los tratamientos señalados como “obstinación terapéutica”. Asimismo, los familiares no vean mermada su situación económica con tratamientos que resultan caros y sin ninguna posibilidad de que el enfermo recupere la salud.

Entre los países que aceptan la eutanasia está: Bélgica y Holanda, así como algunos estados de la Unión Americana, sin embargo, se tienen que someter a un seguimiento escalonado para permitir la muerte asistida.

La Ley de Voluntad Anticipada garantiza que las personas afectadas tengan en verdad la posibilidad de decidir sobre su permanencia y a las familias se les descarga de esta responsabilidad, con esta decisión no se alarga la vida, ni tampoco se quita.

Desde el punto de vista religioso, este tema resulta una grave violación de la ley de Dios, practicar la eutanasia bajo el término piadoso es encubrir, justificar y tener una coartada ante un crimen que se realiza al enfermo, al simular la formalidad jurídica.


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