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La muerte digna por voluntad anticipada, ya es una realidad

Pedro Morales 2017-01-23 - 08:23:56

Tras una larga espera en comisiones, finalmente el 21 diciembre 2016, la LXI Legislatura local de Tlaxcala aprobó la Ley de Voluntad Anticipada, que permite a enfermos en fase terminal ejercer el derecho a decidir si quieren prolongar o suspender un tratamiento que ya no los va a sanar.

El 21 diciembre 2016, la LXI Legislatura local de Tlaxcala aprobó la Ley de Voluntad Anticipada, que permite a enfermos en fase terminal ejercer el derecho a decidir si quieren prolongar o suspender un tratamiento que ya no los va a sanar.

Fue la exdiputada del PRD, Eréndira Carlota Jiménez Montiel, impulsora de la iniciativa, la calificó como la ley más importante de carácter social aprobado por la pasada legislatura, debido a que prevé la muerte digna como base y sustento.

La nueva norma entró en vigor el primero de enero de 2017, con plazo de 60 días para que se emita su Reglamento y se instrumente la creación de la Unidad de Voluntad Anticipada.

“Establecer las normas para que una persona en pleno uso de sus facultades pueda expresar su voluntad para decidir el que sea sometida o no a tratamientos que tengan como finalidad prolongar su vida, accediendo de tal manera a una muerte digna”, se cita como el objetivo central de la ley.

Cabe destacar que esta facultad se distingue de la eutanasia pues, como la define el Instituto Nacional de Ciencias Médicas Salvador Zubirán, “ésta es la conducta intencionalmente dirigida a terminar con la vida de una persona que tiene una enfermedad grave e irreversible”.

En cambio, la ortotanasia se refiere a permitir que la muerte ocurra en su tiempo, es decir, que el profesional de la salud debe otorgar al paciente cuidados y tratamientos para disminuir el sufrimiento pero sin alterar el curso de su enfermedad y por lo tanto el de su muerte.

El Senado de la República aun discute la emisión de la Ley Federal de Voluntad anticipada, no obstante, 12 entidades ya legislaron al respecto, entre ellos, la Ciudad de México, Coahuila, Aguascalientes, San Luis Potosí, Michoacán, Hidalgo, Chihuahua, Guanajuato, Guerrero, Nayarit, Colima y Estado de México.

La ley estatal está constituida por 35 artículos divididos en cinco capítulos que definen la muerte digna, los documentos y los responsables del proceso de voluntad anticipada.

El paciente que ejerza el derecho deberá tramitar un acta notarial y manifiesto de voluntad anticipada, de donación o no donación de órganos, presentar el diagnóstico médico expedido por la institución de salud o médico tratante; así como los ejecutores de voluntad, testigos y el procedimiento de firma del manifiesto.

El médico tratante no podrá ser ejecutor de voluntad anticipada y en caso de que un enfermo en etapa terminal se encuentre imposibilitado físicamente para acudir al notario, podrá suscribir junto con su ejecutor y dos testigos el manifiesto de voluntad anticipada ante el personal de la institución de salud en que se encuentre internado.

Los familiares están obligados a acatar a voluntad.

Para la regulación del proceso y la promoción de la Ley en instituciones públicas y privadas, la Secretaría de Salud (Sesa), deberá crear la Unidad de Voluntad Anticipada, que es uno de los retos para los primeros 100 días para el nuevo gobierno de Marco Mena, quien ha definido a la salud como uno de sus retos.

Salvar la vida, cueste lo que cueste, una tradición

En Tlaxcala, los lazos familiares derivados de la forma de vida en los municipios y sus comunidades son muy fuertes, las tradiciones y costumbres, el respeto a los adultos mayores se conserva pese a los embates de la modernidad y en los hogares se respira un clima de profundo afecto y cariño filial que en otras partes ya casi no existe.

Es por eso que cuando se presenta un caso de enfermedad terminal, la familia prefiere perder todos sus bienes, antes que dejar a la deriva a su ser querido, lo mismo ocurre en casos de emergencia o cuando alguien sale herido en un accidente.

Muchas fortunas se las han llevado las enfermedades, en la época actual el cáncer, la diabetes Mellitus, las enfermedades, respiratorias, cardio-vasculares y el VIH entre otras son padecimientos de la población adulta y en el caso de los jóvenes muchas veces derivado de esos padecimientos, son empujados al suicido, entre otros factores.

En Tlaxcala, según datos del INEGI, cada año mueren 5 mil 900 personas en promedio, y se infiere que casi 3 mil personas necesitan de cuidados paliativos.

Es urgente la solidaridad institucional y ciudadana con las familias que pasan por el doloroso trance de enfrentar la etapa terminal de un ser querido, sin poder hacer nada más que aguardar silentemente su deceso.

Es necesario y urgente que el marco jurídico que ampara a las familias, el personal médico y las instituciones de salud sean públicas o privadas, puedan cumplir la voluntad anticipada de quien se encuentre en situación terminal, con certeza de que su integridad, libertad y ejercicio profesional no corren ningún riesgo.


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