De acuerdo con los lineamientos establecidos en el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria de la Ciudad de México Vigente, los vehículos de otras Entidades Federativas, incluidas las que cuenten con placas Federales y de los Estados de Hidalgo, Morelos, Puebla o Tlaxcala, así como con los que se tiene firmado convenio: Guanajuato, Michoacán, Querétaro y del Extranjero, podrán obtener un holograma mediante la verificación vehicular voluntaria.
Los hologramas que sean emitidos durante este Programa de Verificación hasta el primer semestre de 2016, serán reconocidos por el Gobierno de la Ciudad de México, igualmente los vehículos automotores matriculados en entidades federativas integrantes de la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe), y las entidades que hayan celebrado convenios específicos para el reconocimiento de dichos hologramas.
La verificación voluntaria puede realizarse en cualquier momento dentro de la vigencia del presente programa de Verificación en los Verificentros autorizados de la Ciudad de México. Los interesados deben presentar los siguientes documentos:
Aquí te decimos cuales son los Verificentros autorizados de la Ciudad de México.
Vehículos que no cuenten con holograma de verificación vehicular de la CDMX o del Gobierno del Estado de México deberán limitar su circulación un día entre semana, todos los sábados del mes y se les aplicará la restricción vehicular de 5:00 a 11:00 horas de lunes a viernes.
Para los hologramas “0”, “1” y “2”, la vigencia será de 180 días naturales contados a partir de la fecha de la emisión de los mismos. Por otro lado, para el holograma “00”, la vigencia será de un mínimo de 365 días a partir de la fecha de adquisición de la unidad (siempre y cuando se presente copia de la factura).
Las unidades que sean verificadas de manera voluntaria y que, por sus emisiones, hayan obtenido un holograma de menor beneficio al que puedan obtener, podrán verificar tantas veces sea necesario para obtener el holograma deseado, siempre y cuando cuente con la previa cancelación y el retiro del holograma del Verificentro que lo emitió.
Si dicha verificación tiene menos de 150 días naturales contados a partir de su emisión, se deberá pagar la tarifa correspondiente tantas veces como sea solicitado el servicio de verificación de emisiones.
Los certificados de verificación de emisiones vehiculares que sean emitidos bajo la aplicación de la verificación voluntaria, deberán ser sellados en la parte trasera con la leyenda “Este certificado no exenta al presente vehículo del cumplimiento de la verificación de emisiones vehiculares establecida en su Entidad Federativa”.
Vehículos matriculados en el Estado de México quedan exceptuados de esto por contar con su propio Programa de Verificación Vehicular.
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