A partir de este viernes la cobranza extrajudicial es considerada un delito penal y federal que amerita de dos a cuatro años en prisión y multas de entre 50 mil y 300 mil pesos para quien lleve a cabo esta práctica.
El día de ayer si dio a conocer la reforma en materia penal referente a la cobranza extrajudicial a través del Diario Oficial de la Federación (DOF).
Entre las reformas se encuentra la adición del Artículo 248 Bis al Código Penal Federal, con el capítulo “Amenazas y Cobranza Extrajudicial Ilegal”, en donde se especifican las sanciones.
Cabe destacar que el uso de documentos y sellos falsos agravarán las sanciones, por lo que la pena y la multa aumentarán en una mitad.
Las reglas del concurso de delitos señalado en el Código Penal Federal se aplicarán en los despachos que incurran en usurpación de funciones o de profesión.
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