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Inician multas a aerolíneas por retraso de vuelos

Redacción 2017-06-27 - 07:47:09

La Cámara de Diputados, aprobó con 422 votos a favor las reformas a la Ley de Aviación Civil y con 338 votos a favor, 55 en contra y 5 abstenciones las reformas a la Ley de Protección al Consumidor, con el fin de garantizar los derechos de los pasajeros y usuarios de aerolíneas y sancionar a las empresas que incurran en abusos.

Durante el dictamen, los legisladores mostraron su molestia ante los diversos abusos por parte de las aerolíneas, que actualmente no cuentan con legislaciones que acoten las irregularidades.

 

Entre las modificaciones, destacan que se impondrán multas de 150 mil 980 pesos a 377 mil 450 pesos a las aerolíneas por:

  • Sobreventa de boletos
  • Retraso o cancelación de los vuelos

En los casos de cancelación de un vuelo que sea responsabilidad de las aerolíneas deberá reintegrar al pasajero el precio del boleto, ofrecerle transporte en el primer vuelo disponible o colocarlo en una fecha posterior de su conveniencia. Además deberán darle al usuario acceso a llamadas telefónicas y envío de correos electrónicos.

Si el pasajero continua con la cancelación de su vuelo, tendrá acceso a una indemnización de 25% del costo de boleto.

Las aerolíneas deberán publicar los motivos de la cancelación o retraso de vuelos, y entregar a los pasajeros un folleto de bolsillo con los derechos a que tienen acceso.

Los concesionarios deberán dar alimentos, alojamiento en hotel cuando se requiera pasar la noche y transporte en la fecha posterior que convenga al mismo pasajero.

Para el equipaje, se estipula que por destrucción o avería de maletas de mano, se pagará una indemnización de hasta 80 Unidades de Medida y Actualización; mientras que por la pérdida o avería del equipaje facturado, la indemnización será equivalente a 150 Unidades de Medida y Actualización.

Para evitar abusos en el cobro de los viajes, se establece la obligación de los concesionarios de presentar, desde el primer momento, el costo total del boleto, impuestos incluidos.

Para vuelos nacionales e internacionales, el pasajero podrá transportar como mínimo y sin cargo alguno 25 kilogramos de equipaje cuando los vuelos se realicen en aeronaves con capacidad para 20 pasajeros o más, y 15 kilogramos cuando la aeronave sea de menor capacidad.

Miguel Ángel Salim Alle, diputado del PAN, dice estar conciente de que estos cambios no son suficientes, pero si son un primer paso y un muy importante avance en la regulación adecuada de un sector fundamental para la economía 

Con información de Expasión y Excelsior 

 


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