04/Julio/2025 P A CDMX: 17° EDOMEX: 11° PUE: 10° HID: 7° MOR: 18° QUER: 11° TLAX: 9° 9 y 0

Foto: Internet

Choferes de UBER y Cabify violan la ley ante “ceguera” de Semovi

Sergio Ramírez 2017-08-16 - 15:42:17

Al menos cuatro puntos cercanos al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México son usados para hacer “base”, lo cual está prohibido.

Ante la complacencia de la Secretaría de Movilidad (Semovi), los operadores de servicios de transporte privado, vía aplicación, como UBER y Cabify, violan la ley al hacer base o sitio en cuando menos cuatro zonas cercanas al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), situación que tienen prohibida.

Por tratarse de una zona federal, los conductores de esos servicios no pueden levantar pasaje al interior de la terminal aérea capitalina, mientras que el reglamento de la Ciudad de México les prohíbe hacer uso de las calles para esperar pasaje.

A pesar de ello, se han detectado puntos en donde los choferes de UBER y Cabify hacen fila. Estos son: Río Consulado y Oriente 37; Río Consulado y Avenida del Peñón; Boulevard Puerto Aéreo y Norte 25, así como Puerto Aéreo y Norte 13; en algunos casos, las filas de vehículos que prestan el servicio vía APP, son verdaderamente largas.

En múltiples ocasiones, las diversas empresas concesionarias que brindan el servicio de taxi al interior del Aeropuerto de la Ciudad de México, denunciaron este tipo de prácticas y hasta la intención de modificar las leyes desde la Cámara de Diputados, para permitir su labor al interior de la terminal aérea.

Luego de varias protestas de los operadores de taxi, el 15 de julio de 2015, mediante una edición vespertina de la Gaceta Oficial, el Gobierno de la Ciudad de México anunció lo siguiente:

“Acuerdo por el que se crea el registro de personas morales que operen y/o administren aplicaciones y plataformas informáticas para el control, programación y/o geolocalización en dispositivos fijos o móviles, a través de las cuales los particulares pueden contratar el servicio privado de transporte con chofer en el Distrito Federal”.

El artículo séptimo incisos d y e, señalan la prohibición que tienen este tipo de vehículos, para hacer “base”, y a la letra cita: d) No se permite hacer base o sitio a vehículos ni uso indebido de la vía pública. e) Los vehículos permisionados deberán ser resguardados en el domicilio declarado por los operadores asignados.

De esta manera al quedarse estacionados sobre la vía pública, los operadores de UBER y Cabify, incumplen con la normatividad y pueden ser objeto de sanciones por parte de la Secretaría de Movilidad.

Sin embargo, esta dependencia no hace nada para meter en cintura a los choferes de dichas empresas de transporte por aplicación, aun cuando diversos medios de comunicación han documentado algunos puntos donde hacen base o sitio para esperar pasaje.


Noticias relacionadas