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Secretaría del Trabajo contribuye en reinserción social de presos

Redacción 2016-06-23 - 14:54:14

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) participa en la reinserción social de internos, ya que en la elaboración de la Ley Nacional de Ejecución Penal contribuyó para que los reclusos que trabajen cuenten con servicios de seguridad social.

En un comunicado, la dependencia recordó que el pasado 14 de junio la Cámara de Diputados aprobó en sus términos el dictamen de la minuta del Senado que expide dicha norma y que fue publicada dos días después en el Diario Oficial de la Federación.

Explicó que lo innovador de esta Ley es el hecho de que los internos que desarrollen una actividad productiva podrán tener acceso a servicios de seguridad social conforme a la legislación en la materia.

Aclaró que la ley incorpora la creación de un expediente médico que contendrá el historial clínico de cada procesado.

Abundó que dicha norma busca que en toda actividad productiva que se desarrolle al interior de los centros de reinserción social, impere el derecho al trabajo con salarios justos y en condiciones dignas.

Para la elaboración de la Ley Nacional de Ejecución Penal, que forma parte del Nuevo Sistema Penal Acusatorio y Oral, la STPS participó en la integración de tres apartados.

Lo anterior, con el propósito de fortalecer la inclusión laboral de este grupo vulnerable una vez que recuperen su libertad, salvo en los casos en los que lo determina expresamente la ley, añadió.

“Las autoridades penitenciarias, conjuntamente con las autoridades corresponsables, impulsarán espacios de coordinación institucional en las entidades federativas y en el orden federal con la participación de los sectores privado y social, con el propósito de favorecer la inclusión laboral de las personas privadas de la libertad próximas a ser liberadas”, señala el artículo 96 de la ley.

Sobre la capacitación para el trabajo, la legislación establece el adiestramiento y los conocimientos del propio oficio o actividad, la vocación y el desarrollo de aptitudes, habilidades y competencias laborales.

Además, los tipos de capacitación serán acordes a los fines de la reinserción social y al plan de actividades de los reclusos.

Añadió que el trabajo dentro de los centros penitenciarios podrá ser en las modalidades de autoempleo, actividades productivas no remuneradas para fines del sistema de reinserción, así como las realizadas a cuenta de terceros.


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