La concesión del amparo no significa su libertad automática.
Al considerar que no existen pruebas suficientes para acreditar el lavado de dinero presuntamente cometido por el ex gobernador de Sonora, Guillermo Padrés Elías, el Juez Quinto de Amparo y Juicios Federales del Estado de México, concedió un amparo contra el auto de formal prisión que se le dictó por delincuencia organizada y lavado de dinero por 178 millones de pesos al ex mandatario.
El Juez Quinto de Amparo ordenó al Cuarto de Distrito de Procesos Penales en la entidad que deje insubsistente el auto de formal prisión que dictó contra Padrés Elías el pasado 16 de noviembre de 2016 en la causa penal número 25/2016.
En su lugar, deberá dictar otro auto de formal prisión sobre el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita en la hipótesis de “quien por sí adquiera y deposite dentro del territorio nacional recursos” cuyo origen es ilegal.
El juez deberá dejar insubsistente la acusación de la Procuraduría General de la República (PGR) contra el ex gobernador de Sonora por delincuencia organizada e indicar que “dada la insuficiencia probatoria, no se encuentran acreditados los elementos del delito de delincuencia organizada”, señaló el juez de amparo.
Cabe señalar que la concesión del amparo no significa su libertad automática pues la sentencia aún no queda firme y la PGR puede impugnar ante un Tribunal Colegiado.
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— Megalópolis ???????? (@Megalopolis_MX) 1 de noviembre de 2017
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