24/Abril/2024 P A CDMX: 16° EDOMEX: 13° PUE: 10° HID: 7° MOR: 22° QUER: 11° TLAX: 9° 3 y 4

Foto: Cortesía

Obtiene amparo indirecto Pérez Martínez, ex subsecretario de SEPH

Redacción 2019-03-05 - 15:46:36

Pablo Pérez Martínez fungió como subsecretario de Finanzas de la SEPH durante el gobierno de Francisco Olvera Ruiz

La justicia federal otorgó un amparo indirecto en contra de la imposición de dos años de prisión preventiva dictaminada por el Juez de Control de Pachuca, Ciro Juárez González, a Pablo Pérez Martínez, ex subsecretario de Finanzas de la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo (SEPH), quien enfrenta un proceso penal por el presunto desvío de 600 millones de pesos.

De acuerdo con el expediente del amparo indirecto 1326/3018, emitido el pasado 19 de febrero por Diego Alejandro Ramírez Velázquez, Juez Primero de Distrito en el Estado de Hidalgo, se establece que el juez de control de Pachuca, Ciro Juárez, no fundamentó ni justificó lo suficiente de acuerdo a lo que marca la ley para dictaminar la prisión preventiva contra el ex funcionario de la SEPH.

"Cuando una autoridad judicial determina restringir o limitar el derecho a la libertad personal, dicha resolución debe cumplir con todos los requisitos que la propia ley exige para ello; de lo contrario, se violaría ese derecho fundamental, ocasionándole a la persona privada de la libertad una afectación a sus derechos sustantivos" dice el expediente del amparo de 25 hojas, cuya copia certificada obtuvo La Jornada.

Diego Alejandro Ramírez explicó que para imponer prisión preventiva la fracción 2 del artículo 168 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece diversos requisitos que deben ser observados y argumentados de forma exhaustiva por los jueces, tales como el explicar si hay posibilidad de que el imputado pueda evadirse si se le dictamina detención domiciliaria; la posibilidad de contar con ayuda de sus familiares para escaparse y ocultarse, así como el proporcionar un domicilio falso; la actitud que pudiera asumir el inculpado al conocer el máximo de años que pudiera pasar en prisión en caso de ser hallado culpable; su comportamiento posterior al hecho cometido durante el procedimiento o en otro anterior, en la medida que indique su voluntad de someterse o no a la persecución penal; la inobservancia de medidas cautelares previamente impuestas; el desacato de citaciones para actos procesales y que, conforme a derecho, le hubieran realizado las autoridades investigadoras o jurisdiccionales.

No obstante y basándose en el video de la audiencia realizada en los juzgados de control de Pachuca el 9 de noviembre pasado en la cual el juez Ciro Juárez dictaminó que no era posible que Pablo Pérez Martínez pudiera enfrentar el proceso en libertad, por lo que dictaminó prisión preventiva, Diego Alejandro Ramírez puntualizó que faltaron argumentos para justificar esa medida cautelar.

"Por tanto, para sustentar la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva en dicha hipótesis, no debió considerar y argumentar únicamente el tiempo que transcurrió desde que se libró la orden de aprehensión contra el imputado Pablo Pérez Martínez; que precisamente el proceso penal se reanudó con motivo del cumplimiento de dicho mandato de captura, y que la pena a imponer por el delito materia del juicio de origen es alta".

Tras calificarla de "medida cautelar de marras", el juez Diego Alejandro Ramírez Velázquez aseguró que "la autoridad competente" -en referencia a Ciro Juárez- omitió hacer un análisis completo "y que se encontraba obligada a realizar, a fin de evidenciar la actualización de las hipótesis previstas en el numeral antes invocado, exigible para sustentar la imposición de la detención preventiva justificada".

En la foja 17 Diego Alejandro Ramírez agregó también que se violó el principio de presunción de inocencia de Pablo Pérez.

"Cabe hacer mención que la presunción de inocencia prohíbe cualquier tipo de resolución judicial que suponga la anticipación de la pena, y si en el caso el juez responsable emite una medida cautelar de prisión preventiva justificando su proceder, entre otros aspectos, en la pena de prisión que se pudiera imponer al imputado, se estima que está anticipando que el inculpado será sancionado con pena privativa de libertad, y que por ello debe garantizar la ejecución de la sentencia, lo que a todas luces es ilegal".

Más adelante el juez federal puntualizó que "la prisión preventiva no es una regla general, sino excepcional, y se considera que es una medida cautelar en razón de que sólo tiende a asegurar que el imputado no impida el desarrollo eficiente de las investigaciones y que no eluda la acción de la justicia".

Por ello, reiteró que "de ahí la necesidad de que los argumentos adoptados en una audiencia de imposición de medidas cautelares sean ajustados a tal excepcionalidad de la prisión preventiva establecida tanto en el artículo 18, primer párrafo, como en el diverso 19, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos".

Finalnalmente, Diego Alejandro Ramírez puntualizó que el juez Ciro Juárez, en caso de pretender de nueva cuenta prisión preventiva en contra de Pablo Pérez, deberá dar mayores elementos para justificarla.

"Pero en caso de reiterar su decisión, deberá dar mayores causas, razones y motivos que justifiquen y sean suficientes para la imposición de esa medida que es de carácter excepcional".

Lo anterior "en el entendido que las partes ya no podrán expresar nuevos argumentos sobre el particular, sino que deberán resolver lo conducente sobre la base de los que ya fueron expuestos en la audiencia inicial".

Cabe señalar que hace algunos días el actual presidente de la Suprema Corte de Justicia, Arturo Zaldívar, dijo sobre la cárcel preventiva lo siguiente: "Lo he sostenido siempre, debe ser excepcional. Es una condena sin sentencia que no disminuye la delincuencia, viola la presunción de inocencia y castiga la pobreza.

Pablo Pérez Martínez fungió como subsecretario de Finanzas de la SEPH durante el gobierno de Francisco Olvera Ruiz y es acusado del delito de peculado por 600 millones de pesos.

Tras permanecer prófugo dos años en el estado de Morelos fue aprehendido el pasado 9 de noviembre.

Ese mismo día el juez de control de Pachuca le dictó dos años de prisión preventiva tras rechazar la solicitud de la defensa de que pudiera enfrentar el proceso en libertad.

Información: La Jornada