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México debe aceptar la competencia de la ONU en desaparición de víctimas: CNDH

Carlos Godínez 2016-08-30 - 15:53:16

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) llamó al Presidente de la República reconocer la importancia y aceptar la Competencia del Comité contra la Desaparición Forzada de Naciones Unidas en los casos de víctimas y familiares.

Se trata de una medida indispensable para generar condiciones que garanticen la efectiva investigación y sanción de la desaparición forzada, así como un medio para que se hagan realidad los derechos fundamentales a la verdad, la justicia y la reparación integral que estos casos requieren.

Para atender este tema se debe contar con un registro de personas extraviadas y desaparecidas, un Sistema dedicado a la búsqueda de personas, la tipificación del delito de desaparición de particulares, contar con servidores públicos expertos en la materia y contar con un Sistema de Información Genética, añadió el organismo.

En el marco del Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, la CNDH señaló que se trata de una obligación del Estado mexicano de cumplir de forma cabal e integral los compromisos internacionales en materia de derechos humanos.

Recordó que México firmó la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas de la ONU en febrero de 2007, la ratificó en marzo de 2008 y entró en vigor hasta el 23 de diciembre de 2010; aún tiene pendiente aceptar la competencia de dicho Comité en los términos de los artículos 31 y 32 de la Convención.

Asimismo, la CNDH solicita al Congreso de la Unión que la Ley General de Desaparición Forzada sea tema prioritario en el Periodo Ordinario de Sesiones que inicia este 1 de septiembre, la cual debe dar prioridad a la búsqueda y localización de niñas, niños y adolescentes, además de agravar la pena cuando la víctima sea menor de 18 años.

Debe subrayarse la conveniencia de que dicha ley cuente con un apartado focalizado en los temas de niñez y adolescencia, donde se establezca la obligación de las autoridades de generar datos desagregados sobre las víctimas de esos delitos; establecer las medidas necesarias para garantizar sus derechos a la vida, a la supervivencia y al desarrollo, así como la integración de políticas públicas y programas que atiendan de manera integral a niñas, niños y adolescentes, privilegiando su interés superior.

Dicha Ley General tendrá que transversalizarse con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en lo referente a las atribuciones del Sistema Nacional de Protección, las Secretarías Ejecutivas, las Procuradurías de Protección, los Sistemas DIF y las normas que rigen los centros de asistencia social. 


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