En enero de 2020 se registraron 73 feminicidios en el País, según cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, delito que va en aumento en México.
La diputada Connie Herrera presentó una iniciativa para reformar y adicionar disposiciones a la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado para crear una Fiscalía en investigación de feminicidios.
“Ante el aumento de casos en el mundo, México y Querétaro se buscará la creación de un organismo con personal calificado, especializado y sensible en el tema de violencia contra las mujeres”, informó la legisladora por el partido Querétaro Independiente.
La diputada compartió que “Hay una deuda con las mujeres, por lo que es necesario fortalecer el combate contra la violencia a las mujeres” y confirmó el dato de que en el estado se tienen documentados ocho casos de feminicidios.
En enero de 2020 se registraron 73 feminicidios en el País, según cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, delito que va en aumento en México.
Lo que se busca es dar celeridad y seguimiento inmediato para evitar y prevenir posibles feminicidios y que las mujeres tengan un trato igualitario, justo y equitativo”.
En el Sistema Penal mexicano el feminicidio se encuentra tipificado en el artículo 325 y detalla los siete supuestos por los que el homicidio de una mujer puede ser considerado dentro de este delito.
Se considera este delito cuando la muerte contemple alguna de las siguientes circunstancias:
-La víctima presente signos de violencia sexual o cualquier tipo.
– La víctima presenta lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia.
– Existan antecedentes de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral, escolar, del agresor en contra de la víctima.
– Haya existido entre la víctima y el agresor una relación sentimental, afectiva o de confianza.
– Registros de amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del agresor en contra de la víctima.
– La víctima haya sido incomunicada durante algún periodo de tiempo, previo a su muerte.
– El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público
Con información AM
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