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Por negligencia médica y muerte de un paciente, la CNDH emite recomendación contra IMSS

Carlos Godínez 2016-09-20 - 12:15:27

Como resultado de la inadecuada atención médica de un joven y su posterior deceso, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Mikel Arriola.

La CNDH recomendó al IMSS reparar el daño ocasionado a los padres del agraviado, que incluya una compensación justa y suficiente y se les proporcione atención médica, psicológica y tanatológica.

Dirigir una circular al mismo personal médico, en la que se les exhorte a entregar copia de la certificación y recertificación que tramiten ante los Consejos de Especialidades Médicas de conformidad a las disposiciones de la Secretaría de Salud.

Inscribir al agraviado, sus padres y demás familiares que conforme a derecho corresponda en el Registro Nacional de Víctimas, para que tengan acceso en lo conducente al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, previsto en la Ley General de Víctimas.

 A causa de la negligencia médica, el organismo giró la recomendación 41/2016, por violaciones a los derechos humanos, a la protección de la salud y a la vida, como resultado de la mala atención médica de un adolescente de 14 años de edad, en el Hospital General Regional No. 200 del IMSS en Tecámac, Estado de México.

La CNDH determinó que hubo negligencia médica que derivó en la pérdida de la vida del joven, aun cuando ésta ocurrió un año, un mes y seis días después del 26 de febrero de 2013, día en que el agraviado fue intervenido por un médico que le practicó cirugía de nariz.

Un segundo médico reportó al paciente con baja presión arterial y frecuencia cardiaca más baja, sin estabilizar sus signos vitales ni indicar o corregir esa circunstancia.

Posteriormente, un tercer médico retiró el tubo que conectaba las vías respiratorias del adolescente por más de cinco minutos, lo que le ocasionó un paro cardiorrespiratorio; aunque se colocó de nuevo el tubo, el transcurrir dicho tiempo le causó encefalopatía hipóxico isquémica severa (daño neurológico severo e irreversible) lo que originó que permaneciera en cama hasta su fallecimiento el 1° de abril de 2014.

Los médicos forenses de la CNDH, precisaron que la inadecuada atención médica del segundo y tercer médicos el 26 de febrero de 2016, le ocasionó a la víctima la encefalopatía hipóxico isquémica, además de las complicaciones que adquirió al encontrarse postrado e inmovilizado prolongadamente, lo cual favoreció y condicionó la neumonía intrahospitalaria que padeció, lo que propició su deceso.

Por último, se inscriba al agraviado, sus padres y demás familiares que conforme a derecho corresponda en el Registro Nacional de Víctimas, para que tengan acceso en lo conducente al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, previsto en la Ley General de Víctimas.


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