Las tiendas de conveniencia y establecimientos como Oxxo o supermercados tienen prohibido colocar publicidad o generar difusión de los cigarrillos.
A partir del próximo lunes 16 de enero, distintos establecimientos comerciales deberán dejar de exhibir, directa o indirectamente, la publicidad y los productos elaborados con tabaco debido a la reforma del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.
El decreto establece que los puntos de venta como las tiendas de conveniencia y establecimientos como Oxxo o supermercados tienen prohibido colocar publicidad o generar difusión de los cigarrillos.
Para la comercialización de los cigarrillos, el vendedor deberá realizar una lista textual y escrita de estos productos con sus precios, sin logotipos, sellos o marcas.
Del mismo modo, la publicidad de productos elaborados con tabaco queda prohibida en medios de comunicación como la radio y televisión, además de redes sociales, reuniones o comunicaciones personales y mensajes enviados por correo.
Además de la prohibición de la publicidad, se implementarán medidas sanitarias en los siguientes espacios para evitar el consumo de tabaco:
Los restaurantes tampoco podrán ofrecer servicio con opción de mesa para fumar, de acuerdo con los cambios al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, publicadas el pasado 16 de diciembre pasado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
La Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac), en conjunto con otras agrupaciones empresariales como la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin), la Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales (ANTAD), el Consejo Coordinador Empresarial (CCE), entre otras, apoyarán a los comercios con el proceso de amparos.
Los restauranteros calculan que entre 40 y 50 por ciento de sus sucursales cuentan con áreas para fumar de un universo de 600 mil restaurantes.
Información: El Financiero
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