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Conoce los dos puentes que tendrá febrero

Redacción 2023-01-25 - 08:48:18

El periodo vacacional de Semana Santa en 2023 iniciará el domingo 2 y concluirá el domingo 9 de abril.

¿Eres estudiante de nivel básico? Prepárate porque en febrero disfrutarás de dos puentes y te explicamos por qué.

El primer puente que gozarás será el del 5 de febrero (Día de la Constitución), el cual cae en domingo, pero la Ley Federal del Trabajo lo considera como día de descanso obligatorio, por lo que se recorrerá el asueto al primer lunes de febrero.

El segundo será el del próximo 27 de febrero, que cae en lunes y este día, solo para los estudiantes, es considerado descanso necesario debido a que dicha fecha los maestros de las escuelas de nivel básico llevarán a cabo la Junta del Consejo Técnico Escolar.

¿En qué fechas son los días feriados y ‘puentes’ de 2023?

Acorde con el calendario de la SEP, estos serán los días de descanso para los alumnos en México en 2023:

  • 27 de enero: Junta del Consejo Técnico Escolar.
  • 6 de febrero: Será el primer lunes del mes y corresponde a la celebración del Día de la Constitución.
  • 17 de marzo: Junta administrativa, será un megapuente que va del 17 al 20 del mes.
  • 20 de marzo: Cae en el tercer lunes del mes y corresponde a las celebraciones del natalicio de Benito Juárez.
  • 28 de abril: Junta del Consejo Técnico Escolar.
  • 1 de mayo: Será lunes, por lo que habrá puente ese fin de semana.
  • 26 de mayo: Junta del Consejo Técnico Escolar.
  • 30 de junio: Junta del Consejo Técnico Escolar.
  • 16 de septiembre: Aunque la fecha cae en sábado, se trata de un descanso obligatorio, y si te toca trabajar deberán pagártelo doble.
  • 20 de noviembre: Será el tercer lunes de noviembre y corresponde a la conmemoración de la Revolución Mexicana.
  • 25 de diciembre: Será lunes, por lo que habrá puente en ese fin de semana.

Semana Santa 2023: ¿Hay días de descanso obligatorio o se trabaja?

El periodo vacacional de Semana Santa en 2023 iniciará el domingo 2 y concluirá el domingo 9 de abril.

Sin embargo, los trabajadores del país tendrán que laborar estos días, ya que la Ley Federal del Trabajo no considera el jueves y viernes santo (6 y 7 de abril) como días de descanso obligatorio, aunque algunas empresas sí otorgan esos días libres a los trabajadores con motivo de las celebraciones religiosas.

Información: El Financiero