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Ley sin Justicia

Oscar Legaspi
El Ojo Político
2017-06-26 06:59:02

Hace nueve años que se publicó en el Diario Oficial de la Federación una de las reformas constitucionales con más significado en materia de justicia penal y seguridad pública, el Nuevo Sistema Procesal Penal Acusatorio y Oral.

Dicha reforma implicaba un cambio en la percepción de los paradigmas respecto a la aplicación de la Justicia Penal más que en una transformación del orden jurídico y administración de justicia.

Uno de los pensamientos que se tenía en el cambio, consistía en no seguir pensando que nuestras leyes e instituciones eran insuperables con la consecuente desconfianza cada vez más alta en las instituciones de procuración e impartición de justicia por la tardanza en soluciones de los conflictos penales considerando que ello daba lugar a la existencia de corrupción e impunidad.

Un objetivo de dicha reforma era hacer que el nuevo Sistema de Justicia Penal fuera más rápido, eficiente, racional, ampliar la participación de la víctima u ofendido en el procedimiento y recuperar la confianza de la sociedad.

Dentro de ese cambio destaca el sistema de audiencias orales, parte importante de la nueva forma de impartir la justicia penal  y de forma práctica.

Dentro de este nuevo sistema penal acusatorio, existe la inmediación en donde el juzgador debe formar su convicción con base en el material probatorio reproducido en su presencia junto con los demás sujetos del proceso, esto es, debe haber percibido por sí mismo y sin intermediarios la producción de prueba, todo ello orientado a un mejor ejercicio valorativo de la misma.

De la misma manera el juicio oral debe realizarse frente a todos los sujetos procesales desde el inicio hasta el final, de una sola vez y de forma sucesiva, con el propósito de que exista mayor proximidad entre el desahogo de prueba, los alegatos de las partes y las deliberaciones del juez para dictar la sentencia correspondiente.

Sin llegar a ser una cátedra sobre el tema, el objetivo es que usted el lector, comprenda que no siempre todas las reformas legales tienen un razonamiento libre en el preciso momento de su ejecución por parte de quienes lo llevan a cabo.

Lo anterior nos referimos al caso concreto del ex presidente municipal de Real del Monte, perteneciente al Estado de Hidalgo y que de acuerdo a este nuevo Sistema Penal Acusatorio solo nos corresponde señalarlo por sus siglas JOH.

El expresidente municipal JOH está acusado del delito de violación equiparada agravada, ni más ni menos.

Como resultado de la carpeta de Investigación Número Único de Caso 12/2015-09245 y la Causa Penal 326/2016 fue librada la orden de aprehensión, misma que fue ejecutada el día 19 de este mes en Pachuca.

Una vez aprehendido JOH, fue puesto a disposición  de la Jueza de Control del Sistema Procesal Penal adscrita al Centro de Justicia para Mujeres, Mtra. Norma Sandra Barrones Castillo,  misma que le decretó un año de prisión preventiva.

Los delitos que se le imputan a JOH no son de carácter menor

Como antecedente de este caso, JOH fue detenido en León Guanajuato, el 23 de enero de este año por la Policía Federal y llevado a Pachuca donde la misma Jueza Norma Sandra Barrones Castillo le otorgó la libertad.

Hoy se vuelven a ver las caras, el imputado y la jueza.

Los delitos que se le imputan a JOH no son de carácter menor,  son de carácter sexual en contra de una menor de edad.

Dentro del juicio oral,  la persona representante de la menor, fue sacada de la audiencia por órdenes de la Jueza Norma Sandra Barrones Castillo, por “atreverse” a señalar la parcialidad con la que estaba actuando dentro del proceso a favor del imputado.

Con el antecedente de que en el mes de enero fue liberado JOH por la misma Jueza Barrones Castillo,  la parte acusatoria como podría confiar en alguien que manifiesta parcialidad hacia alguien que es imputado de diversos delitos de carácter sexual en contra de una menor de edad.

Volviendo al planteamiento inicial de esta columna, se supone que el objetivo del nuevo Sistema Procesal Penal Acusatorio fuese más rápido, eficiente, racional, ampliando la participación de la víctima en este caso evitando con ello “la corrupción de antaño”.

Si la actitud de la Jueza Norma Sandra Barrones Castillo en este proceso de juicio oral apegada al nuevo Sistema Procesal Penal es ambiguo y parcial a favor del imputado JOH, ex presidente municipal de Real del Monte, la pregunta que nos hacemos ¿y ahora quién podrá defendernos?

Dentro del proceso de juicio oral la Jueza Barrones no permite señalamientos porque solo ahí sus chicharrones truenan, ya sabremos que el final pueda ser que la víctima se convierta en imputada o que la víctima sea obligada a resarcir los daños al hoy imputado.

De hecho, el Nuevo Sistema Procesal Penal Acusatorio se convierte en la Ley de Herodes cuando cae en manos o criterios como el de la Jueza Norma Sandra Barrones Castillo.

Ver para creer.


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