La dependencia notificó a la SCT sobre la conclusión de la auditoría a la construcción y los servicios de dicha obra.
La Secretaría de la Función Pública, a través de la Unidad de Control y Auditoría a Obra Pública y del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, concluyó la auditoría a la obra del Paso Exprés de Cuernavaca, Morelos, cuyo objetivo fue verificar que las contrataciones relacionadas con dicha obra fueran ejecutadas, pagadas y concluidas con estricto apego al marco jurídico aplicable.
Fueron objeto de auditoría cuatro contratos y los convenios modificatorios correspondientes, relacionados con la construcción y los servicios de la obra del Paso Express de Cuernavaca, Morelos.
Contrato 2014-17-CE-D-062-W-00-2014 Ampliación del Libramiento de Cuernavaca (Paso Exprés), en el estado de Morelos.
Contrato 2015-17-CE-D-020-Y-00-2015 Coordinación del proyecto de Ampliación del Libramiento de Cuernavaca (Paso Exprés), en el estado de Morelos.
Contrato 15-Q-CF-AA-001-Y-0-15 Supervisión de obras realizada por terceros para los trabajos de Ampliación del Libramiento de Cuernavaca (Paso Exprés), en el estado de Morelos.
Contrato 2015-17-CE-D-036-Y-00-2015 Verificación de calidad de los trabajos relativos a la Ampliación del Libramiento de Cuernavaca (Paso Exprés), en el estado de Morelos.
La auditoría se inició en la Dirección General del Centro SCT Morelos y durante su realización se amplió a la Dirección General de Desarrollo Carretero y a la Dirección General de Carreteras, ambas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
Como resultado de la auditoría a las tres áreas mencionadas, se determinaron 22 observaciones a los cuatro contratos auditados, que suman un monto observado de 1,034.4 millones de pesos. Los principales hallazgos se refieren a:
Las tres áreas auditadas fueron notificadas de los resultados obtenidos y, de acuerdo con el marco jurídico, disponen de 45 días hábiles para atender los hallazgos. En aquellos casos donde se identifique una conducta indebida de servidores públicos o no se atiendan dichas observaciones conforme a las disposiciones aplicables, se iniciarán los procedimientos de responsabilidad correspondientes.
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