Para el uso o entrega de envases de unicel entrará en vigor 210 días naturales a partir de su publicación.
Por unanimidad, el Cabildo capitalino aprobó la restricción de bolsas de plástico, popotes y unicel en el municipio de Puebla, con sanciones que van de las 15 a las 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir de mil 200 a 40 mil pesos dependiendo el establecimiento y circunstancias.
Al respecto, la presidenta municipal de Puebla, Claudia Rivera Vivanco, puntualizó dicha medida será aplicable de forma gradual a partir del 1 de enero de 2020 y el objetivo es contribuir al cuidado del medio ambiente.
La prohibición en cuanto al uso y entrega de bolsas de plástico y popotes a título gratuito u oneroso para fines de envoltura, transportación, carga o traslado de mercancías entrará en vigor 120 días naturales después de la entrada en vigor de este dictamen.
Para el uso o entrega de envases de unicel entrará en vigor 210 días naturales a partir de su publicación.
“Para este gobierno municipal que me honro en encabezar el compromiso ecológico forma parte de nuestras prioridades, no solo en la planeación a futuro sino en acciones concretas en el presente. Sé que para muchos los temas más apremiantes del municipio son los que más se ven o de los que más se hablan: el comercio informal, el bacheo o la pavimentación de las calles, sin embargo, existe otra agente no tan visible pero que requiere mayor atención y es la de los temas ambientales”, dijo la emanada de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).
De este modo, el gobierno municipal podrá emprender esfuerzos y emprender políticas públicas para fomentar en los establecimientos y empresas correspondientes el compromiso ambiental y esfuerzos de eliminación del uso del plástico.
Para lo anterior, la Tesorería Municipal y la Unidad de Normatividad y Regulación Comercial podrán implementar los incentivos necesarios en el pago de refrendos.
“La restricción consiste en proporcionar bolsas de plástico desechables, popotes de plástico o envases de unicel gratuitos u onerosos tanto para envolturas, transportación, carga o traslado de productos o mercancías, aplicable a distintos establecimientos tales como tiendas de autoservicio, tiendas departamentales, tiendas de abarrotes o sus equivalentes”, añadió Claudia Rivera.
Información: Contrastes de Puebla
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