El promocional desalienta la simpatía del electorado y perjudica al partido, lo que afecta con ello la equidad en la contienda comicial.
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente la solicitud de Morena para emitir medidas cautelares en contra del Partido Revolucionario Institucional (PRI) por la difusión del promocional denominado “Barredora” pautado en versiones para televisión y radio.
Según Morena, el promocional desalienta la simpatía del electorado y perjudica al partido, lo que afecta con ello la equidad en la contienda comicial.
Detalló que del análisis preliminar del material mencionado, bajo la apariencia del buen derecho, la Comisión consideró que no hay elementos que justifiquen ordenar la suspensión de su difusión o su retiro.
Los integrantes de la Comisión del INE destacaron que, por congruencia de criterios anteriores, en donde se ha permitido la difusión de promocionales que reivindican acciones de gobierno como el spot “Vacuna” pautado por Morena, resulta válido que existan promocionales críticos a los actos de gobierno y su partido.
“Sin dejar de observar que sigue pendiente la resolución sobre el fondo del asunto de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a la cual le corresponde determinar si es válida o no la temática del contenido del promocional denunciado durante la etapa de precampañas”, recalcó el INE.
En la misma sesión, los consejeros analizaron la medida cautelar solicitada por Morena en contra del Partido de la Revolución democrática (PRD), por la difusión del promocional denominado “Alianza” en televisión y radio, por considerar uso indebido de la pauta y actos anticipados de campaña.
La Comisión determinó otorgar medidas cautelares, puesto que en el promocional denunciado, se hace referencia a la conformación de una alianza de tres partidos (PRI, PAN y PRD), con miras a la próxima integración de la Cámara de Diputados.
Refirió que se ordenó el retiro del anuncio “Tumor” donde Morena hacía referencia crítica a esta coalición, porque no correspondería dejar al aire un anuncio favorable a la conformación de dicha coalición.
Recordó que la Sala Especializada del TEPJF señaló que la referencia a las coaliciones electorales en los anuncios es propia de la etapa de campañas, la cual inicia hasta abril próximo y no antes.
Además, el colegiado ordenó al PRD sustituir el promocional “Alianza” de televisión y radio, con material genérico o de reserva, en un plazo no mayor a seis horas.
También mandató a las concesionarias de radio y televisión detener la transmisión del promocional mencionado en un plazo que no exceda las 12 horas, así como realizar la sustitución de dicho material con el que indique esta autoridad electoral.
Información: López-Dóriga
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