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Asesinato de Mariana Fuentes no fue feminicidio: Juez

Redacción 2017-10-19 - 12:44:28

El juez invalidó como dato de prueba la credencial de afiliación al ISSSTEP de Mariana

Durante una audiencia de más de 5 horas celebrada este miércoles en la Casa de Justicia de Puebla, el juez invalidó como dato de prueba la credencial de afiliación al ISSSTEP de Mariana, hallada supuestamente en un cateo el14 de octubre en la casa de José, ya que la misma madre pudo presentarla 13 días antes, al momento de reconocer el cuerpo, por lo que se presume fue sembrada por la Fiscalía General del Estado (FGE).

Ante ello, el juez de control reclasificó el asesinato de Mariana Fuentes Soto, y dejará de ser considerado como feminicidio, ahora será considerado como homicidio calificado en grado de coautor, atribuido a José de Jesús C., chofer de Uber detenido por la Fiscalía General del Estado.

El asesinato de Mariana fue homicidio, no feminicidio: juez

Al momento de resolver la vinculación a proceso de José, el juez hizo énfasis en que la solicitud de la agente del ministerio público para clasificar el caso como feminicidio no tenía sustento legal, pues la carpeta de investigación15841/2017/ZC solo tenía elementos para acreditar un asalto en contra de Mariana.

Derivado de ello, no se justificó que los asesinos de la joven actuarán por odio hacia las mujeres, por lo que reclasificó el caso como un homicidio calificado, ya que el único fin por el que la privaron de la vida era el de robarle sus pertenencias.

De esta forma el juez vinculó a proceso al chofer de Uber por dicho delito y dio un periodo de 3 meses para que la FGE investigue el hecho y reúna pruebas legales que puedan ser usadas en un juicio oral.

El juez invalida prueba presuntamente sembrada

Durante el debate para calificar las pruebas presentadas por la FGE, el abogado defensor de José señaló que la MP pretendía usar una tarjeta de afiliación al ISSSTEP de Mariana para demostrar que él participó en el ilícito, y que según el relato de la autoridad, fue hallada durante un cateo a la casa de su cliente el 14 de octubre pasado.

Sin embargo, la misma credencial estaba citada en la carpeta de investigación desde el 1 de octubre a las 00:05 horas, cuando la mamá de la joven la presentó al acudir al Servicio Médico Forense a identificar el cuerpo de su hija.

La duplicidad de este documento no pudo ser negado por la agente del MP durante la audiencia, motivo por el que el juez incluso hizo un llamado a la funcionaria para conducirse con “legalidad” y no tratar de sorprenderlo.

Al concluir el debate y previo a dar su fallo, el juez ordenó un receso de 20 minutos, tras 4 horas de transcurrida la audiencia. Fue al retomar el desarrollo de la misma que decidió vincular a proceso a José de Jesús, no obstantedesechó la credencial y una cartera de mujer “halladas” durante el cateo.